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martes, 10 de octubre de 2017

Cola de paja.

La señora volvió a las pantallas, ese lugar que tanto le gusta, pero esta vez no soberbia ni imperativa como cuando era PresidenTe, sino circunspecta, hasta diría compungida o mejor expresado, temerosa.

A pesar de ello dándose cuenta de cómo debía actuar hoy, dijo: "Ya basta. Hay que levantar la voz y denunciar la persecución y el deterioro grave de nuestra calidad democrática"
"Hacemos responsable a Bonadío (Juez que la citó a indagatoria) de ser el servidor de los intereses políticos de Macri. Actúa como una correa de transmisión de las obsesiones del Presidente contra la oposición y contra mi persona"
"Hacemos responsable al presidente Macri de persecución política y degradación de nuestra democracia, de un uso partidario y obsceno, inconstitucional, donde el Poder Judicial actúa como una fuerza de tareas del Ejecutivo". Indicó.
Habló además del "uso ilegítimo de poderes del Estado" (¿?)
Aquí según su óptica la Justicia es funcional al Presidente Macri pero cuando le preguntaron sobre la tragedia de Once respondió: "Creo que las responsabilidades civiles y penales serán determinadas por la Justicia"

Dice un refrán que los que tienen cola de paja, tienen miedo que se le queme.
La señora tiene una cola prominente, no en el aspecto físico, si en el político y es lógico que tenga miedo que se prenda fuego.
No obstante y para tranquilidad de ella y de quienes piensan de igual modo, me permito sugerirle con mucha humildad (dado que no soy un abogado exitoso, y tampoco arquitecto egipcio) que si pretende volver al ruedo político, debe por un  principio elemental respetar las instituciones y las leyes, y como últimamente anda algo falta de memoria le recuerdo el artículo 18 de la Constitución Nacional  que está vigente, tal vez porque al Juez Bonadío se le pasó por alto o bien porque el Presidente Macri no la ha declarado aun  inconstitucional.

Aproveche, está en oferta hasta el 22 de octubre de 2017, después según sus afirmaciones no hay garantías.

Artículo 18.- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.
Señora: Ud. pide ajustarse a derecho, qué tal si comienza aceptando y respetando las leyes, si es o no culpable se verá en su momento o...........

Tiene cola de paja?

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