viernes, 4 de junio de 2010
"Ser o no ser " (Tha is the question)
En verdad dudaba sobre la forma en que debía empezar este comentario sobre el origen de la entidad del ser humano como tal y por ende de sus derechos ciudadanos; si hacerlo como según lo indicaban las Sagradas Escrituras, o mucho más atrás con la teoría del Big Bang y el inicio de toda la vida terrestre, o finalmente hacerlo desde el punto de vista de los políticos actuales.
Y como de políticos se trata opte por esta tercer posición, pero analizando previamente algunos aspectos que nos llevarán a entender tal vez de una manera más amplia el porqué de algunas cosas.
La historia del ser humano es muy corta comparada con la de la Tierra.
Hace cinco millones de años surgió en África el primer antepasado, el australopitecus. Era un primate como el gorila o el orangután, pero ya andaba sobre dos piernas.
Hace dos millones de años vivió también en África otra especie, el homo habilis, que realizaba herramientas de piedra y es considerado el primer ser humano.
Saltando de manera vertiginosa en el tiempo, arribamos a la era moderna y a la legislación que marca algunas pautas en los derechos del ser humano:
Con motivo de una causa judicial, en la que se pide prohibir la fabricación y comercialización de una píldora de "anticoncepción de emergencia", el Ministro de Salud de la República Argentina solicitó a la Comisión Nacional de Bioética que se expidiera sobre cuál es el momento del inicio de la vida humana.
De la misma surge que la inmensa mayoría de los participantes declararon que la vida comienza en el instante de la fecundación, no de la implantación del óvulo fecundado. A continuación transcribo algunas partes del dictamen de dicha comisión:
El Dr. Pedro Tabuenca, representante de la Universidad Adventista Del Plata: "La vida humana comienza en el instante de la concepción".
El Dr. Luis Allegro, en representación de la Asociación Médica Argentina, en común con el Dr. Rolando Hereñú , expresa que el voto es el siguiente: "El comienzo de la vida humana se produce en el momento de la unión de los dos gametos, masculino y femenino, esto es, del espermatozoide con el óvulo".
El Dr. Jorge A. Insúa, en representación de la Academia Nacional de Medicina, expresa: "Consideramos que el ser humano existe desde el momento de la unión de los dos gametos, en ese estado es un ser humano en estado embrionario, y que entonces el comienzo de la vida es la unión de los dos gametos".
El Dr. José Nucci, de la Facultad de Medicina de la Universidad de Tucumán, dice: "La vida humana comienza con la unión de dos gametos".
El Dr. Jaime Elías Bortz, en representación del Seminario Rabínico Latinoamericano, dijo:
"La vida humana comienza en un momento de difícil precisión y el producto de la concepción, de acuerdo a autoridades rabínicas legales, adquiere status jurídico de persona en el momento de su nacimiento".
El Dr. José Merlo, que representa a la Iglesia Evangélica Metodista, expone: "La vida comienza en la unión del espermatozoide con el óvulo, es el momento de la concepción, que figura, por otra parte, en nuestra Constitución Nacional, artículo 75, inciso 22". (1)
Como se puede apreciar es muy clara la interpretación en lo que respecta a inicio de la vida y no así en lo referente a los derechos civiles y políticos del neonato.
Es interesante la posición del Dr. Jaime E. Bortz, porque separa las aguas entre gestación y nacimiento.
Si bien la ciencia moderna nos permite saber desde el sexo hasta determinadas características personales del embrión, ello no da status previo de ciudadano/a.
Si buscamos el concepto de nacionalidad en el diccionario de la RAE, nos encontramos con esto:
-Condición y carácter peculiar de los pueblos y habitantes de una nación.
-Estado propio de la persona nacida o naturalizada en una nación.”
Francisco de Narváez Steuer, ciudadano nacido en Bogotá (Colombia) el 22 de septiembre de l953, nacionalizado argentino, pretende ser candidato a Presidente por la República Argentina.
Prestó juramento y se convirtió en ciudadano argentino el 27 de noviembre de 1992, con lo cual pudo ser anotado en el padrón electoral nacional y comenzar a participar de manera activa en la política nacional.
Si entramos en la página personal de De Narvaez, en el sitio de la Cámara de Diputados de la Nación, se podrá observar que allí no figura su lugar de nacimiento. Alguna razón tendrá para no consignar un dato que es una verdad de Perogrullo.
Nuestra Constitución dice, sobre la pretensión de cualquier ciudadano que quiera postularse al cargo de Presidente:
Artículo 89.- Para ser elegido presidente o vicepresidente de la Nación, se requiere haber nacido en el territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo, habiendo nacido en país extranjero, y las demás calidades exigidas para ser elegido senador.
Las cuales son:
Art. 55.- Son requisitos para ser elegidos senador: tener la edad de treinta años, haber sido seis años ciudadano de la Nación, disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella.
Aquí aparece entonces la solución a la pretensión del ciudadano De Narvaez de postularse a Presidente de la Nación.
Si se convirtió en ciudadano argentino, el 27 de noviembre de 1992 tiene (como tal) apenas 17 años lo que le imposibilitaría (se requiere la edad mínima de 30) para presentarse, por lo cual violín en bolsa hasta las elecciones de 2023.
En lo que se refiere al tema de los dos mil pesos fuertes y demás requisitos no vamos a presentar ninguna objeción.
Para concluir y como se decía en otras épocas, “los políticos no tienen abuela”, como tampoco la tienen los acaudalados empresarios que ya no se conforman con el yate, las propiedades en el país y el extranjero, los despachos ostentosos, sus esposas y amantes (de cualquier género) las cuentas numeradas, etc. quieren PODER.
Dicen que el poder erotiza y actúa como el más efectivo afrodisíaco, además de permitirle realizar a quien lo obstenta, excelentes y multimillonarios negocios. Eso explica tanto servil y obsecuente que uno puede observar en estos ámbitos.
Es por ello que Giulio Andreotti, tres veces Presidente del Consejo de Ministros de Italia y Senador Vitalicio dice con alguna razón: “Il pottere logora, però è meglio averlo”
“EL PODER DESGASTA, PERO ES BUENO TENERLO”
Constitución Nacional - Art .75, inc. 22
Entrada en vigor: Reforma 1994.
Tema: Derechos Humanos Reseña de Principales Contenidos:
Reconoce rango constitucional a los Tratados y Convenciones sobre Derechos Humanos, entre ellas la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
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